La Comisión llevará a España ante el TJCE por sobrepasar el límite de doce minutos de publicidad en televisión

La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) por incumplir las normas sobre publicidad de la Directiva “Televisión sin fronteras” de la UE. Según Bruselas, las principales cadenas de televisión públicas y privadas en España rebasan sistemáticamente el límite de doce minutos por hora impuesto a los anuncios publicitarios y de telecompra, a menudo prolongándolos varios minutos más.

En opinión de la Comisión Europea, España ha malinterpretado la Directiva "Televisión sin fronteras" de la UE al definir el concepto de "espacio publicitario" con un criterio demasiado restrictivo, de modo que algunos tipos de publicidad, como los microespacios publicitarios, los anuncios de telepromoción de corta duración o los publirreportajes de corta duración, quedan excluidos del límite de doce minutos por hora. Estos espacios habituales del paisaje televisivo español están sujetos a un límite distinto, de diecisiete minutos por hora, pese a reunir todas las características de los espacios publicitarios. “Aparte de los efectos negativos que puede tener sobre el gasto en publicidad, una de las principales fuentes de financiación de la televisión en abierto, este bombardeo constante es perjudicial para los telespectadores”, declaró la Comisaria de Sociedad de la Información y Medios de Comunicación, Viviane Reding.

La decisión de llevar a España ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se produce casi un año después de la entrada en vigor, el 19 de diciembre de 2007, de la nueva Directiva "Servicios de medios audiovisuales sin fronteras", que moderniza la Directiva "Televisión sin fronteras" y reafirma la "regla de los doce minutos". La Comisión y los Estados miembros están trabajando a fondo para preparar la incorporación rápida y coherente de la nueva Directiva a las legislaciones nacionales. El próximo mes, al cumplir un año, la Comisión actualizará el estado de su aplicación en el conjunto de la UE.

La Comisión vigiló el cumplimiento de la Directiva "Televisión sin fronteras" de la UE por parte de España entre mayo de 2005 y julio de 2006, y concluyó que el límite de doce minutos por hora se rebasaba de manera sistemática y en una medida preocupante. El 11 de julio de 2007 remitió a España un requerimiento, y el 6 de mayo de 2008, un dictamen motivado. Las autoridades españolas respondieron el 8 y el 16 de septiembre de 2008, pero se mostraron en desacuerdo con el análisis de la Comisión.

La Decisión de ahora constituye la última fase del procedimiento de infracción incoado.