El Consejo adopta la Directiva sobre la Tarjeta Azul

El Consejo de la Unión Europea adoptó el 25 de mayo la denominada Directiva sobre Tarjeta Azul, una directiva destinada a facilitar las condiciones de entrada y residencia en la Unión Europea de ciudadanos de terceros países con un empleo altamente cualificado. La tarjeta azul facilitará el acceso al mercado de trabajo a sus titulares y les dará derecho a una serie de beneficios socioeconómicos y condiciones favorables para el reagrupamiento familiar y su movilidad en todo el territorio de la UE.

La Directiva sobre la Tarjeta Azul establece unas condiciones más atractivas para los trabajadores de países terceros para poder acceder a empleo altamente cualificado en los Estados miembros de la Unión, mediante la creación de un procedimiento acelerado para la expedición de un permiso de residencia y trabajo denominado tarjeta azul comunitaria. La Directiva sobre Tarjeta Azul ha sido por tanto aprobada por el Consejo, después de que el Parlamento Europeo diera el visto bueno a estas medidas en enero de 2009.

El período de validez de la Tarjeta Azul estará comprendido entre uno y cuatro años, con posibilidad de renovación. Una Tarjeta Azul podrá también ser expedida o renovada por períodos menores, con el fin de cubrir el período de contrato de trabajo más tres meses. La directiva determina los criterios comunes que serán establecidos por los Estados miembros de la UE para los solicitantes de la Tarjeta Azul, sin perjuicio de las condiciones más ventajosas que preveanlas leyes nacionales.

La Tarjeta Azul. Igualdad de trato para trabajadores extranjeros altamente cualificados. Principales ventajas

  • Condiciones de trabajo, incluida la remuneración y despido.
  • Libertad de asociación.
  • Educación, formación y reconocimiento de las cualificaciones.
  • Una serie de disposiciones de la legislación nacional en materia de seguridad social y las pensiones. El acceso a los bienes y servicios, incluidos los procedimientos para acceder a la vivienda, información y servicios de consejería.
  • Libre acceso a todo el territorio del Estado miembro en cuestión dentro de los límites previstos por la legislación nacional.

Después de dieciocho meses de residencia legal en el primer estado miembro de la UE como titular de la tarjeta azul, el titular de la tarjeta y los miembros de su familia podrán acceder, bajo determinadas condiciones, a un Estado miembro que no sea el primer Estado miembro a efectos de empleo altamente cualificado.

Tras la publicación de la Directiva en el Diario Oficial de la Unión Europea, los Estados miembros tendrán dos años para incorporar las nuevas disposiciones en su legislación nacional. La Directiva sobre la Tarjeta azul servirá de complemento a otras medidas, tales como la denominada "directiva de retorno", aprobada a finales de 2008, o la directiva sobre las sanciones en inmigración ilegal que pretende imponer sanciones a los empleadores fraudulentos en lugar de a los inmigrantes ilegales.