Decisión del Consejo, de 6 de mayo de 2014, relativa a la posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión Europea en el seno del Comité Mixto establecido por el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza de 22 de julio de 1972, por lo que respecta a la adaptación del Protocolo nº 3 de dicho Acuerdo, relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, como consecuencia de la adhesión de Croacia a la Unión Europea

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