Decisión (UE) 2016/807 del Consejo, de 15 de marzo de 2016, relativa a la posición que deberá adoptarse en nombre de la Unión Europea en la Organización Marítima Internacional (OMI) con motivo del 40.° período de sesiones del Comité de Facilitación, del 69.° período de sesiones del Comité de Protección del Medio Marindeo y del 96.° período de sesiones del Comité de Seguridad Marítima, en relación con la adopción de enmiendas al Convenio de Facilitación, al anexo IV del Convenio MARPOL, a las reglas II-2/13 y II-2/18 del Convenio SOLAS, al Código de sistemas de seguridad contra incendios y al Código 2011 de reglas aplicables al Programa Mejorado de Reconocimientos

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