La Comisión propone abrir el espectro GSM a sistemas paneuropeos de tercera generación
El 19 de noviembre de 2008 la Comisión Europea publicó la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 87/372/CEE del Consejo relativa a las bandas de frecuencia a reservar para la introducción coordinada de comunicaciones móviles terrestres digitales celulares públicas paneuropeas en la Comunidad (Directiva GSM) a fin de hacer posible la utilización de estas bandas por sistemas capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas que no se limiten al GSM, los denominados sistemas de tercera generación.
Las bandas de frecuencias de 890-915 MHz y 935-960 MHz (denominadas “la banda de 900 MHz”) quedaron reservadas para un servicio paneuropeo de comunicaciones móviles digitales celulares de segunda generación, denominado GSM, que se prestaría en cada Estado miembro con arreglo a una especificación común.
Los nuevos avances tecnológicos hacen ahora posibles nuevas tecnologías digitales capaces de prestar servicios paneuropeos de banda ancha innovadores que coexistan con el GSM, en la banda de frecuencias de 900 MHz. Esta banda resulta particularmente valiosa, pues sus buenas características de propagación permiten salvar distancias mayores que las bandas de frecuencias más elevadas, facilitando así la llegada de los modernos servicios de voz, de datos y multimedia a las zonas rurales y poco pobladas.
La Directiva GSM, en su versión actual, impide el uso de la banda de 900 MHz por otros sistemas paneuropeos, tales como el Sistema Universal de Telecomunicaciones Móviles de tercera generación (UMTS), y constituye por tanto un obstáculo para el desarrollo de la sociedad de la información en la UE. Un uso armonizado de la banda de 900 MHz podría dar cabida a aplicaciones adicionales que respondieran a los objetivos actuales de la política comunitaria.
Por lo tanto, para hacer posible que la banda de 900 MHz sea utilizada por varios servicios paneuropeos, en consonancia con los objetivos de la política comunitaria y la demanda de comunicaciones móviles del mercado, se propone modificar la Directiva 87/372/CEE a fin de abrir dicha banda a servicios paneuropeos avanzados de comunicaciones de banda ancha adicionales que puedan coexistir con el GSM, tras lo cual la Comisión adoptará una Decisión en virtud de la Decisión del espectro radioeléctrico que armonice las condiciones técnicas necesarias para el uso de esta banda.
En su Comunicación sobre “Un acceso rápido al espectro para los servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas a través de una mayor flexibilidad”, la Comisión insistió también en el uso más flexible del espectro, así como en la necesidad de encontrar una solución coherente y proporcionada en relación con la flexibilización del uso del espectro para los servicios de comunicaciones electrónicas que utilizan sistemas de segunda (GSM) y tercera generación (UMTS).
La nueva Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.