120 MHz más en el espectro radioeléctrico europeo para las tecnologías de cuarta generación (4G)

La Comisión Europea publica una decisión que obliga a los Estados miembros a abrir el espectro radioeléctrico el 30 de junio de 2014 a más tardar, y se establecen condiciones técnicas armonizadas que permiten la coexistencia de las distintas tecnologías. Con esta ampliación, la UE dispondrá de hasta el doble de magnitud de espectro para banda ancha inalámbrica de alta velocidad, es decir, aproximadamente 1000 Mhz.

La Comisión Europea ha publicado una decisión para añadir 120 MHz al espectro radioeléctrico para las tecnologías de cuarta generación (4G) en torno a la banda de 2 GHz. En la actualidad, dicha banda se utiliza exclusivamente para las comunicaciones inalámbricas con arreglo al UTMS (Sistema Universal de Telecomunicaciones Móviles), las denominadas redes 3G. Por tanto, todos los Estados miembros tendrán que abrir el espectro antes del 30 de junio de 2014. La Decisión aplica la liberalización armonizada de la banda de 2 GHz (1920-1980 MHz emparejada con 2110-2170 MHz) en todos los Estados miembros, para que en el futuro su utilización no dé lugar a una fragmentación del mercado interior. En abril de 2011, la Comisión presentó nuevas normas técnicas para el uso de dispositivos inalámbricos de banda ancha 4G.

Asimismo la Comisión destaca que con esta decisión los operadores de telefonía móvil ampliarán sus oportunidades de inversión en redes móviles mejoradas, lo que redundará en beneficio de la economía en su conjunto y con el tiempo, los consumidores disfrutarán de transferencias de datos más rápidas y de servicios de banda ancha más numerosos. Añade que flexibilizar la utilización de las bandas del espectro mediante la eliminación de las restricciones tecnológicas es una forma rentable de desplegar una infraestructura inalámbrica avanzada en respuesta a la demanda del mercado.

Por otra parte, la ampliación del acceso al espectro radioeléctrico reservado a las tecnologías de 4G contribuirá de forma sustancial al logro del objetivo de la Agenda Digital en materia de banda ancha, consistente en garantizar una cobertura universal de la banda ancha en la UE de al menos 30Mb/s en 2020.