Bruselas propone elevar a 100.000 euros el nivel mínimo de garantía de los depósitos bancarios

La Comisión Europea ha presentado una revisión de las normas comunitarias relativas a los sistemas de garantía de depósitos, de conformidad con los compromisos contraídos por los ministros de Finanzas de la Unión Europea el pasado 7 de octubre. Las nuevas normas proponen que el nivel mínimo de garantía de los depósitos se incremente en un año de 20.000 a 100.000 euros, e inicialmente a 50.000 euros en el periodo intermedio.

Sin cambios desde 1994, la Directiva sobre sistemas de garantía de depósitos (1994/19/CE) se está actualizando para hacer frente a la actual crisis financiera. El objetivo de la Directiva es proteger una parte de los ahorros de los depositantes y mantener la confianza en el sector bancario, a fin de evitar retiradas masivas de depósitos bancarios que podría tener graves consecuencias económicas.

La propuesta llega después de la reunión del 7 de octubre de 2008 de los ministros de Finanzas de la UE que acordaron la urgencia de restablecer la confianza en el sector financiero y su funcionamiento. Todos los Estados miembros se han comprometido a elevar el nivel de garantía de depósitos a 50.000 euros y, muchos de ellos a 100.000 euros.

Los ministros decidieron tomar todas las medidas necesarias para proteger los depósitos de los pequeños ahorradores y acogieron con satisfacción la intención de la Comisión de presentar cuanto antes una propuesta adecuada para promover la convergencia de los sistemas de garantía de depósitos.

Principales modificaciones propuestas

  • Nivel de garantía de los depósitos. Los Estados miembros están invitados a elevar el nivel de garantía a al menos 50.000 euros y, después de un año, por lo menos a 100.000 euros. La Directiva actual sobre sistemas de garantía de depósitos fija en 20.000 euros el nivel de garantía de mínimo de los depósitos, aunque cada miembro tiene la oportunidad de fijar un nivel más elevado. Según las estimaciones, el sistema actual cubre aproximadamente el 65% de los depósitos. Los nuevos importes garantizados (50.000 y 100.000 euros) cubrirán, respectivamente, el 80% y el 90%.
  • Supresión del coseguro (sistema en el que el depositante asume parte de las pérdidas). Los Estados miembros deben garantizar que todos los depósitos garantizados se reembolsan. En virtud de la Directiva, los Estados miembros podrán limitar la garantía al 90% de los depósitos.
  • Reducción del plazo de reembolso. El plazo asignado a los sistemas de garantía de los depósitos para pagar a los depositantes en caso de quiebra de su banco se reducirá a tres días. Este plazo es actualmente de tres meses, y puede incluso extenderse a nueve meses.

Por otra parte, y siguiendo esta misma línea, la Comisión Europea propuso recientemente una revisión de los requisitos de capital de los bancos para reforzar la estabilidad del sistema financiero, reducir los riesgos y mejorar la supervisión de los bancos que operan en más de un país de la UE.