El PE aprueba sanciones penales para castigar los daños medioambientales

Una nueva directiva castigará los daños que se consideren como “severos” al medio ambiente con sanciones penales. Esta norma, que entrará en vigor en dos años en los países en los que la directiva sea transpuesta, recoge violaciones a leyes ambientales que deberán considerarse, siempre que se realicen de manera voluntaria o como resultado de una negligencia grave, como "delitos criminales".

Los Estados miembros estarán obligados a aplicar castigos "efectivos, proporcionales y disuasivos" para los delitos medioambientales tipificados por el derecho comunitario, entre los que se incluye la destrucción de flora, fauna o lugares protegidos.

Los delitos que se penarán son entre otros, el vertido de sustancias susceptibles de crear daños graves a la salud o al medio ambiente, el lanzamiento de residuos en alta mar, la producción, uso o transporte de material nuclear o nocivo para el ozono, el comercio o destrucción de flora y fauna protegidas, o las conductas que deterioren “significativamente" entornos protegidos.

La nueva legislación llega de la mano del acuerdo alcanzado entre el Parlamento y el Consejo y se aplicará solamente en aquellas situaciones en las que se infrinja la normativa comunitaria que protege el medio ambiente. Por otra parte, su entrada en vigor no irá en detrimento de los castigos que ya se aplican en los países de la Unión.

El objetivo principal de la norma es garantizar una base común en la Unión Europea de delitos ambientales castigados penalmente para prevenir que los delincuentes aprovechen la disparidad legislativa existente entre los Estados miembros para escapar de la justicia.

Por otra parte, el pasado mes de abril, el Parlamento ya propuso sanciones penales contra la contaminación ambiental, en particular contra los vertidos peligrosos.