La UE propone medidas de protección contra la discriminación fuera del lugar de trabajo

La Comisión ha adoptado una propuesta de Directiva que contempla la protección contra la discriminación por motivos de edad, discapacidad, orientación sexual y religión o convicciones fuera del lugar del trabajo, con la que se pretende garantizar la igualdad de trato en los ámbitos de la protección social, incluidas la seguridad social y la asistencia sanitaria, la educación y el acceso y suministro de bienes y servicios comercialmente disponibles al público, incluida la vivienda.

La propuesta adoptada introduce condiciones de igualdad en la Unión, puesto que extiende a todos los Estados miembros la amplia protección contra la discriminación que ya existe en algunos de ellos. Asimismo, “las medidas que proponemos son proporcionadas y razonables; establecen una seguridad jurídica para las empresas y los usuarios de bienes y servicios, al tiempo que respetan los requisitos específicos de diversos sectores, así como las tradiciones nacionales”, manifestó el Comisario de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades, Vladimir Spidla.

Según se desprende de las encuestas Eurobarómetro, la mayoría de los europeos son partidarios de una legislación de este tipo: el 77 % apoya medidas destinadas a proteger a las personas contra la discriminación en la educación y el 66% en el acceso a bienes y servicios. En este sentido, la Directiva prohibirá la discriminación directa e indirecta, así como el acoso y la victimización.

Por lo que respecta a las personas con discapacidad, la protección contra la discriminación, incluirá la accesibilidad general, así como el principio de “ajustes razonables”, que ya se utiliza en la legislación europea en vigor. No obstante, evitará imponer una carga desproporcionada a los proveedores de servicios, al tener en cuenta el tamaño y los recursos de la organización, su naturaleza, el coste estimado, el ciclo de vida de los bienes y servicios, así como las ventajas potenciales de una mayor accesibilidad para las personas con discapacidad.

La Directiva únicamente se aplicará a los particulares en la medida en que lleven a cabo actividades comerciales. Además los Estados miembros podrán mantener medidas para preservar el carácter laico del Estado o en relación con el status y las actividades de las organizaciones religiosas.

Cabe señalar que la Directiva no afectará a prácticas generalmente aceptadas, tales como los descuentos para ciudadanos de la tercera edad (billetes de autobús, entradas a museos, etc.) o las restricciones de edad en el acceso a determinados productos (el alcohol para los jóvenes) por motivos de salud pública.

Por otro lado, como seguimiento del Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades para Todos en 2007, la Comisión también ha adoptado la Comunicación “No discriminación e igualdad de oportunidades: un compromiso renovado”, que insiste en que la protección jurídica de los derechos individuales debe ir acompañada de una promoción positiva y activa de la no discriminación y la igualdad de oportunidades y define los ámbitos clave en los que es necesario avanzar a nivel nacional y comunitario, tales como la lucha contra la discriminación múltiple, el aumento de la sensibilización, la integración de la no discriminación en las políticas, la acción positiva y la recogida de datos.

Asimismo, anuncia la creación de un nuevo grupo de expertos gubernamentales para reforzar el diálogo entre los Estados miembros en materia de medidas de lucha contra la discriminación.