La Comisión Europea lanza una consulta pública sobre itinerancia

Bruselas invita a la industria, los consumidores y otras partes interesadas a remitirle sus observaciones para analizar el funcionamiento y la eficacia del Reglamento sobre itinerancia (roaming) de la UE, que entró en vigor el 30 de junio de 2007.

Según lo dispuesto en el Reglamento, en 2008 la Comisión debe presentar un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el funcionamiento de las nuevas normas de itinerancia y sus efectos.

Entre otras cosas, el Reglamento sobre itinerancia de la UE de 30 de junio de 2007 exige a los operadores que ofrezcan a sus clientes una “eurotarifa” para las llamadas vocales en itinerancia en otros Estados miembros e introduce límites de 0,49 euros por minuto para hacer llamadas y de 0,24 euros por minuto para recibir llamadas, IVA excluido. Estos importes descenderán a 0,46 y 0,22 euros, respectivamente, el 30 de agosto de 2008 y a 0,43 y 0,19 euros el 30 de agosto de 2009

La consulta pública aspira a recopilar respuestas de operadores de telefonía móvil, empresas, asociaciones de consumidores y cualquier otra parte interesada sobre cuestiones específicas, tales como:

- La itinerancia inadvertida (o itinerancia involuntaria), que se produce cuando los consumidores utilizan su teléfono móvil cerca de la frontera de un país vecino y son conectados a una red extranjera.
- El efecto del Reglamento sobre los pequeños operadores y los precios nacionales.
- La cuestión de los minutos reales y los facturados.
- Si es necesaria la intervención reguladora de los servicios de itinerancia de comunicación de datos y de los mensajes de texto (SMS) a la vista de los precios minoristas actuales y de la evolución del mercado.
- La duración del Reglamento sobre itinerancia de la UE (hasta el 30 de junio de 2010 o más amplia).

Los interesados pueden enviar sus observaciones hasta el 2 de julio a la siguiente dirección: infso-roaming@ec.europa.eu.