Con la adopción de una nueva directiva ya no se pueden incorporar azúcares a los zumos de frutas
El Consejo ha aprobado el texto de compromiso acordado previamente con el Parlamento Europeo que alinea la Directiva comunitaria sobre zumos de frutas a las normas alimentarias internacionales del Codex Alimentarius. Una vez que la nueva normativa entre en vigor, la adición de azúcares a los zumos de frutas no estará autorizada. La nueva directiva autoriza a los explotadores de empresas alimentarias a informar a los consumidores en las etiquetas que a partir de una fecha determinada los zumos no contendrán azúcares añadidos.
Tras la aprobación por el Consejo de un texto de compromiso acordado previamente con el Parlamento Europeo, se ha adoptado la nueva directiva sobre los zumos de frutas destinada a una armonización de la Directiva comunitaria sobre estos productos a las normas alimentarias internacionales del Codex Alimentarius. La nueva directiva incorpora la práctica actual de la industria de no añadir azúcar a los zumos. Las nuevas normas se aplicarán a todos los zumos que se comercializan en la UE, independientemente de su origen. En abril de 2011, el Parlamento Europeo advirtió que más del 80% del total de zumo de naranja que se consume en Europa es importado.
Por otra parte, el uso de la frase "sin azúcares añadidos" en las etiquetas, ya no estará permitido después del final del período transitorio (18 meses después de la fecha de aplicación de las nuevas normas), cuando todos los zumos de fruta presentes en el mercado ya no podrá contener azúcares añadidos. Para permitir a la industria informar a los consumidores adecuadamente tanto durante el período de transición y como 18 meses después del final de este periodo, la Directiva autoriza a los explotadores de empresas alimentarias a utilizar un texto en las etiquetas de los zumos para informar que a partir de una fecha determinada los zumos ya no contendrán azúcares añadidos.
La nueva Directiva también incorpora los tomates a la lista de frutas que se utilizan para la producción de zumo. Esto significa que los zumos de tomate estarán sujetos a las mismas reglas específicas como otros jugos de frutas. Las nuevas normas también confirman la legislación vigente según la cual se tiene que indicar en el zumo la fruta con la que está hecho. Sin embargo, si el zumo se produce a partir de tres frutas o más, la indicación de las frutas puede ser sustituida por las palabras "varias frutas".