La Comisión quiere mejorar las normas para proteger a los trabajadores de los campos electromagnéticos

La propuesta presentada por la Comisión sustituirá a la actual Directiva (2004/40/CE) y tiene por objeto modificar las normas para proteger a los trabajadores europeos de los campos electromagnéticos peligrosos. Más concretamente, esta propuesta tiene por objeto proteger a trabajadores como médicos y enfermeras que se encargan de realizar imágenes por resonancia magnética (IRM), a trabajadores que manipulan radares o a los soldadores y trabajadores de reparación de las líneas eléctricas.

La propuesta, que tiene ahora que ser aprobada por el Consejo y el Parlamento Europeo, clarifica las definiciones sobre lo que se consideran efectos adversos sobre la salud, presenta una exposición actualizada del sistema de límites (las frecuencias que son reconocidas por tener efectos nocivos sobre el sistema cardiovascular humano o sobre el sistema nervioso central), así como una serie de disposiciones destinadas a facilitar la labor de los empresarios en la realización de las evaluaciones de riesgo requeridas por la ley.

Asimismo, la actualización de esta norma prevé disposiciones específicas para los trabajadores que usan un Producto Sanitario Implantable Activo (como un marcapasos) y para las mujeres embarazadas, que se consideran especialmente vulnerables y por tanto, necesitan protección especial. Por ejemplo, en el caso de un trabajador de mantenimiento de líneas de alta tensión, la propuesta requiere que el empleador evalúe los riesgos de exposición a campos electromagnéticos y tomar medidas para reducirlos previamente.

El objetivo de la propuesta es equilibrar la protección de la salud y de la seguridad de los trabajadores con la flexibilidad y la proporcionalidad apropiada para no obstaculizar indebidamente el uso y desarrollo de las actividades industriales y sanitarias. Sin embargo, esta propuesta sólo cubriría a los trabajadores durante sus actividades profesionales. Todas las otras categorías, como consumidores, usuarios de teléfonos y los pasajeros, están cubiertos por la vigente Recomendación del Consejo 1999/519/EEC destinada al público en general así como la legislación específica de cada Estado miembro.